Éxodo 22

RV60
Leyes sobre la restitución
1 Cuando alguno hurtare buey u oveja, y lo degollare o vendiere, por aquel buey pagará cinco bueyes, y por aquella oveja cuatro ovejas. +
2 Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, el que lo hirió no será culpado de su muerte. +
3 Pero si fuere de día, el autor de la muerte será reo de homicidio. El ladrón hará completa restitución; si no tuviere con qué, será vendido por su hurto. +
4 Si fuere hallado con el hurto en la mano, vivo, sea buey o asno u oveja, pagará el doble. +
5 Si alguno hiciere pastar en campo o viña, y metiere su bestia en campo de otro, de lo mejor de su campo y de lo mejor de su viña pagará. +
6 Cuando se prendiere fuego, y al quemar espinos quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado. +
7 Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón fuere hallado, pagará el doble. +
8 Si el ladrón no fuere hallado, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, para que se vea si ha metido su mano en los bienes de su prójimo. +
9 En toda clase de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando alguno dijere: Esto es mío, la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo. +
10 Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier otro animal a guardar, y este muriere o fuere estropeado, o fuere llevado sin verlo nadie; +
11 juramento de Jehová habrá entre ambos, de que no metió su mano a los bienes de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el otro no pagará. +
12 Mas si le hubiere sido hurtado, resarcirá a su dueño. +
Referencias Cruzadas
13 Y si le hubiere sido arrebatado por fiera, le traerá testimonio, y no pagará lo arrebatado. +
14 Pero si alguno hubiere tomado prestada bestia de su prójimo, y fuere estropeada o muerta, estando ausente su dueño, deberá pagarla. +
15 Si el dueño estaba presente no la pagará. Si era alquilada, reciba el dueño el alquiler. +
Referencias Cruzadas
Leyes humanitarias
16 Si alguno engañare a una doncella que no fuere desposada, y durmiere con ella, deberá dotarla y tomarla por mujer. +
Referencias Cruzadas
17 Si su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme a la dote de las vírgenes. +
19 Cualquiera que cohabitare con bestia, morirá. +
20 El que ofreciere sacrificio a dioses excepto solamente a Jehová, será muerto. +
21 Y al extranjero no engañarás ni angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto. +
23 Porque si tú llegas a afligirles, y ellos clamaren a mí, ciertamente oiré yo su clamor; +
24 y mi furor se encenderá, y os mataré a espada, y vuestras mujeres serán viudas, y huérfanos vuestros hijos. +
25 Cuando prestares dinero a uno de mi pueblo, al pobre que está contigo, no te portarás con él como logrero, ni le impondrás usura. +
26 Si tomares en prenda el vestido de tu prójimo, a la puesta del sol se lo devolverás. +
27 Porque solo eso es su cubierta, es su vestido para cubrir su cuerpo. ¿En qué dormirá? Y cuando él clamare a mí, yo le oiré, porque soy misericordioso. +
29 No demorarás la primicia de tu cosecha ni de tu lagar. Me darás el primogénito de tus hijos. +
30 Lo mismo harás con el de tu buey y de tu oveja; siete días estará con su madre, y al octavo día me lo darás. +
31 Y me seréis varones santos. No comeréis carne destrozada por las fieras en el campo; a los perros la echaréis. +
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